ECC.PM.4
Producto
Sincro

 

El producto sincro es la inserción de una obra musical grabada (fonograma) en un proyecto audiovisual (film, televisión, comercial, videojuego u otro medio). El producto sincro es la utilización de una obra grabada o de un fonograma en un soporte audiovisual que, para alcanzar los estándares de calidad, necesita cumplir con tres directrices.

d1 | Patente sincro

Código ISWC

El Código ISWC (Código Internacional Normalizado de Obras Musicales), también conocido como la Norma ISO 15707:2022, es un número de referencia único, permanente y reconocido internacionalmente para la identificación de obras musicales. La obra musical fijada en un fonograma y sincronizada en un soporte audiovisual (film, televisión, publicidad, videojuego u otro medio) necesita su correspondiente Código ISWC. Para obtener este código es necesario realizar, en primera instancia, el depósito en custodia en la DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor) y, en segunda instancia, el registro formal en SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores).

Código ISRC

El Código ISRC (Código Internacional Normalizado de Grabación) también conocido como la Norma ISO 3901:2019, es un número único para la identificación internacional de fonogramas y videogramas. La obra musical fijada en un fonograma y sincronizada en un soporte audiovisual, además de contar con el Código ISWC, necesita la identificación fonográfica a través del Código ISRC. Para obtener este código es necesario gestionarlo a través de CAPIF (Cámara Argentina de Productores Fonográficos) abonando por única vez el cánon establecido.

Código ISAN

El Código ISAN (International Standard Audiovisual Number – Número Audiovisual Internacional Normalizado) o ISO 15706-1:2023 identifica una obra audiovisual a lo largo de su vida y está diseñado para la identificación precisa y única de un producto audiovisual. Puede utilizarse para facilitar la asignación de regalías entre los titulares de derechos, el seguimiento del uso de las obras audiovisuales, la recuperación de información y la protección de los derechos de autor y propiedad intelectual. La gestión del Código ISAN le corresponde al productor audiovisual quien sincroniza la obra musical grabada (fonograma) en un film, serie, documental u otro formato.

Proceso

1. DNDA

La DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor) es la entidad pública encargada del depósito en custodia de obras musicales. Esta gestión es indispensable para acceder al registro de obras musicales en SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores). Ante la DNDA se protege la obra musical inédita (letra y/o música) a través de la plataforma TAD (Trámite a distancia).

2. SADAIC

SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores) es la entidad encargada de administrar y gestionar el registro de obras musicales de autores y compositores argentinos. Una vez que la obra musical es depositada en DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor) se realiza el  registro formal en SADAIC quien integra las Agencias de Registro ISWC y es la entidad local encargada de asignar los Códigos ISWC (Código Internacional Normalizado de Obras Musicales) a aquellas obras musicales registradas por asociados a la entidad.

3. CAPIF

La Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF) es la entidad de gestión colectiva dedicada a la administración y distribución de los derechos conexos y de comunicación al público de los productores fonográficos argentinos. CAPIF es la única organización que otorga el Código ISRC para los productos musicales argentinos. Para obtenerlo, es necesaria la gestión a través del sistema GIT y abonar el canon correspondiente por única vez. Cada fonograma (obra musical grabada) es identificado con su Código ISRC único y permanente. Se recomienda que la obra musical fijada en un fonograma tenga su correspondiente Código ISWC.

4. EGEDA

El sistema ISAN es administrado por la Agencia Internacional ISAN que tiene la responsabilidad del mantenimiento y la administración general de la Norma ISO 15706-1:2023 (Código ISAN). En Iberoamérica, EGEDA Argentina es la encargada de facilitar el Código ISAN por ser la red de sociedades de gestión de productores audiovisuales que representa no sólo el catálogo de grandes estudios sino también el de miles de productores independientes. EGEDA Argentina representa los derechos intelectuales de los productores audiovisuales sobre sus obras.

d2 | Registro sincro

Registro de obra

La obra musical compuesta y fijada en un fonograma para la posterior sincronización en un soporte audiovisual (film, televisión, publicidad, videojuego u otro medio) necesita ser resguardada ante la DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor) y registrada formalmente ente SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores). Esta gestión garantiza acceder al Código ISWC (Código Internacional Normalizado de Obras Musicales), también conocido como la Norma ISO 15707:2022, que identifica obras musicales con un número de referencia único, permanente y reconocido internacionalmente.

Inscripción fonográfica

La inscripción de obra publicada (Fonograma) es un trámite obligatorio que se realiza ante la DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor). Esta inscripción abarca a los productos fonográficos (simple, ep, álbum) digitales (publicados en plataformas online para distribución vía streaming) o físicos (soporte impreso y publicado en formato CD, Vinilo y/o Cassette). Esta gestión es una instancia obligatoria y necesaria para la posterior declaración de productos fonográficos ante CAPIF (Cámara Argentina de Productores Fonográficos). En el caso de fonogramas publicados y posteriormente sincronizados en soportes audiovisuales, esta gestión es necesaria.

Registro fonográfico

CAPIF (Cámara Argentina de Productores Fonográficos) es la entidad legalmente designada que realiza la gestión y distribución de los derechos sobre fonogramas comerciales por sus usos en la República Argentina. Para declarar los productos fonográficos y gestionar los derechos ante CAPIF es necesario que el productor esté registrado o dado de alta a través del Sistema GIT (Gestión Integral de Trámites). En el caso de productores que sincronicen fonogramas (obras musicales grabadas), es importante realizar la declaración de productos fonográficos previa o posteriormente a la sincronización.

Declaración de intérpretes

La Declaración Jurada de Grabaciones (DJG) se realiza ante AADI (Asociación Argentina de Intérpretes), la entidad de gestión colectiva responsable de la percepción, administración y distribución de los derechos consagrados en el artículo 56 de la Ley 11.723. La DJG es la instancia formal a través de la cual el intérprete acredita su participación en la grabación de obra musical fijada en un fonograma sincronizado en un soporte audiovisual y publicado con fines comerciales. Dicho producto discográfico debe estar masterizado y contener el Código EAN/UPC (Código de barras) correspondiente.

Proceso

1. DNDA

La DNDA (Dirección Nacional de Derecho de Autor) es la entidad pública encargada del resguardo de las obras musicales y de la inscripción de obras publicadas en fonogramas. Esta gestión es una instancia obligatoria y necesaria para la posterior sincronización de obras musicales y fonogramas. Se recomienda que el producto sincro, antes de ser sincronizado, cuente con su respectivo Código EAN/UPC, que el fonograma tenga asignado su código ISRC (de extensión argentina) y la obra posea su código ISWC. La inscripción de obras musicales y obras publicadas (fonogramas) se realiza a través de la plataforma TAD (Trámite a distancia).

2. SADAIC

SADAIC (Sociedad Argentina de Autores y Compositores) es la entidad encargada de administrar y gestionar el registro de obras musicales de autores y compositores argentinos. Así mismo, la entidad se encarga de autorizar la sincronización audiovisual de obras musicales fijadas en fonogramas. Una vez que la obra musical es registrada formalmente en SADAIC la entidad le asigna su Códigos ISWC (Código Internacional Normalizado de Obras Musicales). Esto facilita la autorización para la sincronización de la obra musical fijada en un fonograma.

3. CAPIF

La Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF) es la entidad de gestión colectiva dedicada a la administración y distribución de los derechos conexos y de comunicación al público de los productores fonográficos argentinos. Todo producto fonográfico sincronizado en un soporte audiovisual debe ser declarado ante CAPIF. Para ello es necesario registrarse o darse de alta como productor a través del sistema GIT. Se recomienda, a fines de garantizar el cumplimiento con los estándares de calidad, realizar previamente el resguardo de la obra musical y la inscripción de obras publicadas (fonogramas) ante DNDA, y el registro formal en SADAIC.

4. AADI

La Asociación Argentina de Intérpretes (AADI) es la responsable de la percepción, administración y distribución de los derechos conexos (derechos de intérpretes musicales) de quienes hayan participado en la grabación de una obra musical fijada en un fonograma, sincronizado en un soporte audiovisual y publicado comercialmente con su correspondiente Código EAN/UPC. Para realizar la Declaración Jurada de Grabaciones (DJG) es necesario asociarse a AADI a los fines de garantizar el cumplimiento de los derechos conexos y que los intérpretes sean identificados y declarados. Se recomienda realizar la DJG una vez inscrito, registrado y publicado el producto fonográfico.

d3 | Huella sincro

Content ID

El Content ID es el sistema de identificación automática de contenido de YouTube, para identificar y administrar los productos fonográficos y videográficos protegidos por derechos de autor. El Content ID usa una base de datos de archivos de audio y video enviados por los propietarios de los derechos para identificar coincidencias de contenido protegido por derechos de autor. Cuando se sube un video a YouTube, Content ID lo analiza automáticamente. El Content ID permite bloquear el video para ocultarlo, monetizar el video mediante anuncios y, según el caso, compartir ingresos con la persona que los subió, y hacer un seguimiento de las estadísticas de reproducción.

Airplay

Airplay es la transmisión de un fonograma a través de una emisora de radio o televisión. El método de airplay consiste en el monitoreo de una muestra representativa del total de emisoras de radio y televisión y la aplicación del resultado de ese monitoreo para el reparto de derechos. CAPIF es la entidad encargada de monitorear el Airplay para quienes tengan sus videogramas declarados a través del sistema GIT y mantengan actualizado su repertorio. Para registrar los videogramas en CAPIF es necesario contar con el Código ISRC o norma ISO 3901:2019.

Proceso

1. YOUTUBE

El Content ID es un sistema automatizado provisto por YouTube para ayudar a los propietarios de derechos de autor a identificar y gestionar el uso de su contenido en la plataforma (productos musicales). No es un servicio que se ofrezca a todos los usuarios de YouTube, sino que se otorga a aquellos que cumplen con criterios específicos de propiedad de derechos de autor y frecuencia de subida de contenido original. Se recomienda que los productores videográficos gestionen su Content ID y que, previamente a la distribución digital, el producto (videoclip) cumpla con las directrices 1 y 2.

2. CAPIF

La Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (CAPIF) es la entidad dedicada a la administración y distribución de los derechos conexos y de comunicación al público de los productores fonográficos y videográficos argentinos. CAPIF es la entidad encargada de monitorear el Airplay para quienes tengan sus productos declarados a través del sistema GIT. Para ello es necesario registrarse o darse de alta como productor. Se recomienda, a fines de garantizar el cumplimiento con los estándares de calidad, que los productos videográficos (videoclip) estén previamente inscriptos (DNDA), registrados (CAPIF) y declarados (AADI), y estén identificados con el Código ISRC y el Código EAN/UPC de extensión argentina.

Normas y estándares aplicados